Trámites administrativos

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La autoridad autonómica y local se responsabiliza de lo que podría denominarse policía de industrias y actividades, en el sentido de verificar que las instalaciones en las que se ejerce la actividad, reúnen condiciones de seguridad y salubridad.

A- LICENCIA DE ACTIVIDAD

La licencia de actividad es el trámite que sirve para que los ayuntamientos verifiquen la adecuación a las normas de una actividad que se va a iniciar.

Para obtener la licencia de actividad, ha de redactarse un proyecto descriptivo de la actividad y del local en la que ésta va desarrollarse. El proyecto debe estar suscrito por un ingeniero y en el se indican aspectos como instalaciones eléctricas, evacuación de residuos, accesos, etc…

El ayuntamiento, en su labor de verificación del ajuste del proyecto autorizado a la realidad, exigirá el cobro de la tasa para conceder la licencia de apertura del establecimiento.

Por regla general, las peticiones de licencia se obtienen por silencio administrativo positivo, cuando el ayuntamiento no las resuelve en el plazo de dos meses.

B- ALTA DE LA EMPRESAS EN INDUSTRIA

Las instalaciones industriales han de formalizar el alta en industria, como requisito de legalización, imprescindible por ejemplo, para contratar el suministro de energía eléctrica.