La autoridad autonómica y local se responsabiliza de lo
que podría denominarse policía de industrias y actividades, en el sentido
de verificar que las instalaciones en las que se ejerce la actividad,
reúnen condiciones de seguridad y salubridad.
A- LICENCIA DE ACTIVIDAD
La licencia de actividad es el trámite que sirve para
que los ayuntamientos verifiquen la adecuación a las normas de una
actividad que se va a iniciar.
Para obtener la licencia de actividad, ha de redactarse
un proyecto descriptivo de la actividad y del local en la que ésta va
desarrollarse. El proyecto debe estar suscrito por un ingeniero y en el se
indican aspectos como instalaciones eléctricas, evacuación de residuos,
accesos, etc…
El ayuntamiento, en su labor de verificación del ajuste
del proyecto autorizado a la realidad, exigirá el cobro de la tasa para
conceder la licencia de apertura del establecimiento.
Por regla general, las peticiones de licencia se
obtienen por silencio administrativo positivo, cuando el ayuntamiento no
las resuelve en el plazo de dos meses.
B- ALTA DE LA EMPRESAS EN INDUSTRIA
Las instalaciones industriales han de formalizar el
alta en industria, como requisito de legalización, imprescindible por
ejemplo, para contratar el suministro de energía eléctrica.