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Tiempo indefinido
y a jornada completa
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Trabajadores
discapacitados desempleados inscritos en las oficinas de empleo
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a) 1- Subvención:
3.907 euros.
2.-Bonificación de
las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de
accidentes de trabajo y enfermedad profesional:
- Menor de 45
años:
a) Hombres:
70%
b) Mujeres:
80%
- Mayor de 45
años: 90%
b) Una subvención,
que podrá alcanzar 902 euros por trabajador, destinada a la adaptación
de los puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal
necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador minusválido.
Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa podrá ser solicitada
por el propio trabajador.
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Dos meses contados
desde la fecha de inicio de la prestación laboral
Fecha límite el 31
de octubre
- Contratos
realizados el los tres últimos meses del año 2003 deberán presentarse
en los meses de enero y febrero de 2004. |
1. Mantener la
estabilidad en el empleo de los trabajadores minusválidos, por un
período mínimo de tres años, si:
a) Baja por
despido improcedente: reintegro total de la subvención;
b) Si baja por
otras causas, los beneficiarios, deberán sustituirlos en el plazo de
un mes por otros trabajadores minusválidos, y se beneficiarán en este
caso solamente de la bonificación de la cuota de la Seguridad Social
por los sustitutos.
2. Remitir
anualmente, a la Dirección Territorial de Empleo, una relación de los
trabajadores por los que se hubieran concedido las ayudas y
subvenciones reguladas en esta disposición, con el fin de acreditar su
permanencia en la empresa o, en su caso, de los trabajadores que los
hubiesen sustituido. Esta obligación se entenderá durante tres años.
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Transformación en indefinidos a jornada completa o a tiempo parcial
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Que el trabajador
tenga:
- Contrato
temporal de fomento de empleo para trabajadores minusválidos
- Contrato de
aprendizaje, en prácticas, para la formación, de relevo y de
sustitución por anticipación de la edad de jubilación
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Serán objeto de
las ayudas establecidas en los apartados anteriores
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