Subvenciones Minusválidos

BONIFICACIONES Y SUBVENCIONES POR CONTRATACIÓN DE PERSONAS DISCAPACITADAS 2004

 CONTRATACIÓN TEMPORAL A DISCAPACITADOS 2004

 

TIPO CONTRATO

AYUDAS

PLAZO SOLICITUD

OBLIGACIONES

EXCLUSIONES

Duración mínima del contrato: 12 meses

Subvención: 1.800 euros.

salvo que dicho contrato se transforme en indefinido durante el año de duración del contrato, en cuyo caso la subvención será proporcional a la duración del contrato temporal

Para contratos a tiempo parcial, la ayuda será proporcional a la jornada pactada

Fecha límite: 31 de octubre.

 

- 2 meses desde el inicio del contrato.

 

- Contratos realizados el los tres últimos meses del año 2003 deberán presentarse en los meses de enero y febrero de 2004.

Si el trabajador contratado causa baja en la empresa, esta tendrá la obligación de sustituirle en el plazo de un mes por otro, también discapacitado, en las mismas condiciones contractuales que tenia el trabajador sustituido. Dicha sustitución deberá ser comunicada al órgano que concedió la subvención en plazo no superior a 15 días

Contratación de trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido, en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato

 

AYUDAS DE EMPLEO AUTÓNOMO PARA DISCAPACITADOS 2004

 

REQUISITO BENEFICIARIO

AYUDAS

PLAZO SOLICITUD

OBLIGACIONES

- Minusválido/a

- Desempleado inscrito en la oficina de empleo

- Comenzar la actividad en el año de la convocatoria

- Subvención: 3.907 euros

- Subvenciones financieras de los intereses de los préstamos

Entre 6 de febrero y 30 de septiembre

Mantener la actividad por cuenta propia durante un tiempo mínimo de dos años y no cancelar el préstamo durante el primer año de vida del mismo

CONTRATACIÓN INDEFINIDA A DISCAPACITADOS 2004

 

TIPO CONTRATO

TRABAJADOR

AYUDAS

PLAZO SOLICITUD

OBLIGACIONES

 

Tiempo indefinido y a jornada completa

 

Trabajadores discapacitados desempleados inscritos en las oficinas de empleo

a) 1- Subvención: 3.907 euros.

2.-Bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional:

- Menor de 45 años:

    a) Hombres: 70%

    b) Mujeres: 80%

- Mayor de 45 años: 90%

b) Una subvención, que podrá alcanzar 902 euros por trabajador, destinada a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador minusválido. Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa podrá ser solicitada por el propio trabajador.

 

Dos meses contados desde la fecha de inicio de la prestación laboral

 

Fecha límite el 31 de octubre

 

 - Contratos realizados el los tres últimos meses del año 2003 deberán presentarse en los meses de enero y febrero de 2004.

 

1. Mantener la estabilidad en el empleo de los trabajadores minusválidos, por un período mínimo de tres años, si:

a) Baja por despido improcedente: reintegro total de la subvención;

b) Si baja por otras causas, los beneficiarios, deberán sustituirlos en el plazo de un mes por otros trabajadores minusválidos, y se beneficiarán en este caso solamente de la bonificación de la cuota de la Seguridad Social por los sustitutos.

 

2. Remitir anualmente, a la Dirección Territorial de Empleo, una relación de los trabajadores por los que se hubieran concedido las ayudas y subvenciones reguladas en esta disposición, con el fin de acreditar su permanencia en la empresa o, en su caso, de los trabajadores que los hubiesen sustituido. Esta obligación se entenderá durante tres años.

 

Tiempo indefinido  a tiempo parcial

- Mantendrán las bonificaciones en las cuotas descritas en el apartado

- La subvención de 3.907 euros será proporcional a la jornada pactada

 

Transformación en indefinidos a jornada completa o a tiempo parcial

Que el trabajador tenga:

- Contrato temporal de fomento de empleo para trabajadores minusválidos

- Contrato de aprendizaje, en prácticas, para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación

 

Serán objeto de las ayudas establecidas en los apartados anteriores

 

 

 

Orden 30 de diciembre de 2003, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo de personas con discapacidad para el ejercicio 2004 (DOGV de 5 de febrero de 2004)